La medida se toma por Resolución del Ministerio de Salud, tras una evaluación de la situación epidemiológica y con el objetivo de reactivar la economía comercial sin desatender el cumplimiento estricto de los protocolos sanitarios.
Los locales podrán abrir con atención al público y dentro de los horarios establecidos en la Resolución 2956/20, es decir, hasta un máximo de ocho horas diarias entre las 9 a 19 horas. Las personas afectadas a las actividades deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios.
El Ministerio de Salud podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto, modificar o suspender de forma total o parcial el esquema de excepciones, según la evaluación que se realice de la evolución de la situación epidemiológica.